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Inicio - 2025. SUBSANACIÓN JUSTIFICACIÓN SUBVENCIÓN EMPRESARIAS

2025. SUBSANACIÓN JUSTIFICACIÓN SUBVENCIÓN EMPRESARIAS

Fin Plazo Subsanación [12/08/2026]

Diputación Provincial de Almería

Área de Bienestar Social, Igualdad y Familia

Servicio Jurídico y Administrativo de Igualdad y Familia

Subvenciones y Ayudas - Empresas - 2025.SUBSANACIÓN JUSTIFICACIÓN SUBV. EMPRESARIAS

Publicado: 29/07/2026

ANUNCIO



REQUERIMIENTO DE SUBSANACION CORRESPONDIENTE A LA CONVOCATORIA 2025 DE “SUBVENCIONES PARA APOYO A MUJERES EMPRESARIAS (AUTÓNOMAS Y PROFESIONALES) DE LA PROVINCIA DE ALMERÍA.
Bases de la Convocatoria: B.O.P. Almería núm. 171 de fecha 08/09/2025.
Concesión: Acuerdo núm.16 de Junta de Gobierno en sesión extraordinaria y urgente de fecha 09/12/2025. Publicada en el Tablón de anuncios con fecha 11/12/2025.
https://ov.dipalme.org/csv?id=03Kp2ewaYH1JqRt32xlFIw==

Tal como consta en la Base XIV de la convocatoria el plazo para justificar la subvención concedida finalizó el día 31 de marzo de 2026. Tras examinar la documentación presentada por las beneficiarias citadas a continuación se han observado los siguientes defectos subsanables.

BENEFICIARIAS
SUBSANACION REQUERIDA
Pérez Almansa Isabel María
-Debe presentar El Anexo II debidamente cumplimentado y firmado.

-Debe presentar las facturas por el importe de la subvención y los justificantes de pago

Díaz Juárez Ana María
Debe subsanar 3 de las 5 facturas presentadas ya que las facturas por consumo energético deben coincidir con el inmueble donde se desarrolla la actividad económica.
Cabrera Bonilla María Dolores
Debe presentar el certificado de situación en el censo de actividades económicas emitido por la AEAT tal como establece la base XIV de la convocatoria
Samper López Olga
Debe presentar facturas conforme a lo exigido en la base XV.4.letra “a” de la convocatoria pues las facturas presentadas no constan a nombre de la beneficiaria.
Gómez Almansa Rocío
-Debe corregir el Anexo II ya que el importe de la cuenta justificativa no coincide con el importe de los recibos de arrendamiento.

-Debe presentar los justificantes de pago por el arrendamiento y consumo eléctrico.

Crespo Crespo Noelia
-Debe presentar el certificado de situación en el censo de actividades económicas emitido por la AEAT tal como establece la base XIV de la convocatoria.

-Debe presentar las facturas y los justificantes de pago correspondiente al arrendamiento de los meses de octubre, noviembre y diciembre.

García Gálvez Sara
-Debe presentar el certificado de situación en el censo de actividades económicas emitido por la AEAT tal como establece la base XIV de la convocatoria.

-Debe presentar las facturas y los justificantes de pago

Martínez Plaza Soledad
-Debe presentar el certificado de situación en el censo de actividades económicas emitido por la AEAT tal como establece la base XIV de la convocatoria.

-Debe presentar el Anexo III así como acreditar la difusión de la financiación en los términos de la base XIV de la convocatoria.

-Debe presentar facturas conforme a lo exigido en la base XV.4.letra “b” de la convocatoria pues las facturas presentadas no constan a nombre de la beneficiaria.



Se concede a todas las beneficiarias el plazo de 10 días hábiles, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio, para subsanar los defectos indicados a cada interesada. En caso contrario, la beneficiaria perderá su derecho al cobro de la subvención.

La documentación para cumplir con el trámite de subsanación se presentará en la Sede electrónica: www.dipalme.org/ Sede electrónica / Subvenciones y ayudas / Justificación de subvenciones y ayudas.

Asistencia informática: 950.211.000 / 950.211.825

Asistencia administrativa: 950.211.773

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